Algunos productos están sometidos, a la entrada o a la salida de España, al reglamento particular, otros son prohibidos. En este caso, esta prohibido introducir o salir ciertos de ellos, se trata particularmente de unos productos animales o vegetales, especies protegidas de la fauna y de la flora salvaje (convenio de Washington), animales vivos, medicamentos, armas y municiones, bienes culturales, etc. (lista no exhaustiva, infórmese en la aduana comunitaria, antes de pasar la frontera).
Dinero, divisas…
Contra el blanqueo de los capitales que provienen de tráfico de drogas, la importación o la exportación de España de dinero, o divisas deben ser declaradas a la aduana en el momento de pasar la frontera, cuando el importe transportado es igual o superior a 7.600 Euros o su contravalor (también ver la información dedicada a la declaración de divisas).
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