Fue fundada por Carlos III en 1767, siguiendo sus planes de colonización de las tierras al sur de Sierra Morena; y de todas las que son, es quizás la más importante. Presenta, por tanto, un trazado urbano racionalista, propio del S. XVIII, con calles perpendiculares y lineales, alrededor de un centro donde se sitúan los edificios importantes, que son la Iglesia de la Inmaculada Concepción y el Palacio del Intendente Olavide. Otros edificios de interés son la antigua Cárcel, las Torres de la Aduana y los Monolitos de su fundación.
En el S. XX vuelve a tener importancia por la oferta turística que ofrece con el balneario de La Muera y las edificaciones del Paseo de la Antigua. En estos últimos años se está intentando dar un nuevo carácter turístico a la ciudad transformando la antigua Aduana en un balneario moderno.
Algunos productos están sometidos, a la entrada o a la salida de España, al reglamento particular, otros son prohibidos. En este caso, esta prohibido introducir o salir ciertos de ellos, se trata particularmente de unos productos animales o vegetales, especies protegidas de la fauna y de la flora salvaje (convenio de Washington), animales vivos, medicamentos, armas y municiones, bienes culturales, etc. (lista no exhaustiva, infórmese en la aduana comunitaria, antes de pasar la frontera).
Dinero, divisas…
Contra el blanqueo de los capitales que provienen de tráfico de drogas, la importación o la exportación de España de dinero, o divisas deben ser declaradas a la aduana en el momento de pasar la frontera, cuando el importe transportado es igual o superior a 7.600 Euros o su contravalor (también ver la información dedicada a la declaración de divisas).
Los productos que transporta están sometidos, a la entrada o a la salida de España, a un reglamento particular, otros están prohibidos. Si no superan los límites indicados, y siempre que se trate de productos para uso personal, no estarán obligados a declararlos a las aduanas comunitarias.
Puede gozar de franquicias en cantidad o en valor sobre los productos indicados en el tablero más abajo (compras o regalos). El importe de estas franquicias es el de un acuerdo entre la Unión Europea y Andorra.
Categorías de productos Cantidades
Tabaco
Cigarrillos 300 o puritos (de menos de 3 g por pieza) 150 o cigarros puros (demás de 3 g por pieza) 75 O picadura y tabaco para pipa 400 g
Alcohol
Vino de mesa 5 litros o licores de más de 22 grados 1.5 litro o licores o aperitivos de menos de 22 grados o de vinos espumosos
3 litros
Café 1000 g o extracto de café 400 g, Té 200 g o extracto de té 80 g